sábado, 1 de septiembre de 2012

NOM-041-SSA2-2002, PREVENCIÓN, DIAGNOSTICO, TRATAMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CÁNCER DE MAMA


Definiciones

3.1 Biopsia, a la extracción de tejido de un organismo vivo para examen microscópico con fines diagnósticos.

3.2 Cáncer, al tumor maligno en general, que se caracteriza por pérdida en el control de crecimiento, desarrollo y multiplicación celular, con capacidad de producir metástasis.

3.3 Carcinoma, al término que se refiere a una neoplasia epitelial maligna.

3.4 Carcinoma in situ de la mama, al tumor maligno confinado al epitelio que recubre un conducto o un lobulillo sin rebasar la membrana basal.

3.5 Ciclo mamario completo, a la técnica de tratamiento con radiaciones ionizantes, el cual comprende la región mamaria afectada (con o sin glándula) y las zonas linfoportadoras.

3.12 Hiperplasia, a la proliferación de más de dos células por encima de la membrana basal en el conducto o el lobulillo.

3.14 Hiperplasia atípica, a la proliferación de más de dos células por encima de la membrana basal en el conducto o el lobulillo con alteraciones citológicas y/o estructurales.

3.16 Morbilidad, es la presentación de una enfermedad o daño que ocurre sobre una población específica en un lugar y tiempo determinado.

3.17 Mortalidad, son las defunciones que ocurren en una población en un lugar específico y tiempo determinado.

3.18 Neoplasia, a la formación de tejido nuevo de carácter tumoral.

3.19 Nódulo, a la estructura de un ganglio.

3.20 Nuligesta, a la condición de la mujer que nunca se ha embarazado.

3.21 Nulípara, a la condición de la mujer que no ha parido.

3.22La prevención primaria del cáncer de mama se debe realizar mediante la información, orientación y educación a toda la población femenina sobre los factores de riesgo y la promoción de conductas favorables a la salud.

7.1.1 Las actividades de prevención están encaminadas al conocimiento de los siguientes factores de riesgo:

7.1.1.1La prevención primaria del cáncer de mama se debe realizar mediante la información, orientación y educación a toda la población femenina sobre los factores de riesgo y la promoción de conductas favorables a la salud.

7.1.1 Las actividades de prevención están encaminadas al conocimiento de los siguientes factores de riesgo:

7.1.1.1 Mujer mayor de 40 años,

7.1.1.2 Historia personal o familiar de cáncer de mama,

7.1.1.3 Nuligesta,

7.1.1.4 Primer embarazo a término después de los 30 años de edad,

7.1.1.5 Antecedentes de patología mamaria benigna (proceso proliferativo, hiperplasia atípica),

7.1.1.6 Vida menstrual de más de 40 años (menarca antes de los 12 años y menopausia después de los 52 años), y

7.1.3 La promoción se debe realizar por los sectores público, social y privado, a través de los medios de comunicación grupal e interpersonal.

7.2 7.1.3 La promoción se debe realizar por los sectores público, social y privado, a través de los medios de comunicación grupal e interpersonal.

7.2 Prevención secundaria

7.2.1 La prevención secundaria del cáncer de la mama se debe efectuar mediante la autoexploración, el examen clínico y la mastografía. Una vez detectada la lesión a través de estos procedimientos, se procede al diagnóstico confirmatorio y al tratamiento adecuado de manera oportuna y con calidad de acuerdo con los criterios que marca la presente norma.

7.2.2 La autoexploración se deberá recomendar en forma mensual a partir de la menarca; entre el 7o. y 10o. día de iniciado el sangrado en la mujer menstruante y en la posmenopáusica se debe realizar en un día amas debegible por ella.
capacitados, en forma anual, a todas las mujeres mayores de 25 años que asisten a las unidades de salud, previa autorización de la usuaria.
7.2.5 La toma de mastografía se debe realizar anualmente o cada dos años, a las mujeres de 40 a 49 años con dos o más factores de riesgo y en forma anual a toda mujer de 50 años o más, por indicación médica y con autorización de la interesada, de existir el recurso. En las unidades médicas de la Secretaría de Salud el servicio de mastografía no se debe negar a ninguna mujer por razones de tipo económicoimes New Roman"; mso-fareast-language: ES-MX;">7.2.4
7.2.6 A toda mujer que haya tenido un familiar (madre o hermana) con cáncer de mama antes de los 40 años; se le debe realizar un primer estudio de mastografía diez años antes de la edad en que se presentó el cáncer en el familiar y posteriormente de acuerdo a los hallazgos clínicos, el especialista determinará el seguimiento.
7.2.7 7.2.6 A toda mujer que haya tenido un familiar (madre o hermana) con cáncer de mama antes de los 40 años; se le debe realizar un primer estudio de mastografía diez años antes de la edad en que se presentó el cáncer en el familiar y posteriormente de acuerdo a los hallazgos clínicos, el especialista determinará el seguimiento.

7.2.7 Al detectar patología mamaria, por clínica, y de existir el recurso, con la toma de mastografía y/o ultrasonido, se debe referir a la paciente a consulta ginecológica en un segundo nivel de atención médica.

7.2.8 Todas las pacientes que sean sospechosas de tener patología maligna de la mama, deben ser canalizadas al siguiente nivel de atención médica en forma oportuna.

7.2.9 La vigilancia de pacientes, con antecedentes personales de patología mamaria, debe ser establecida en los tres niveles de atención médica.

7.3 Prevención terciaria

7.3.1 La prevención terciaria del cáncer de mama se debe realizar en los casos necesarios mediante la rehabilitación reconstructiva, estética y psicológica de las usuarias que reciben tratamiento quirúrgico, quimioterapia, radioterapia u hormonoterapia, según lo ameriten.

7.3.2 Se debe orientar sobre la existencia de grupos de apoyo para mujeres con cáncer de mama.

7.4 Participación Social

7.4.1 Las actividades de participación social debe realizarlas el personal de acuerdo con su nivel de competencia.

7.4.2 Se debe promover la participación de grupos organizados y de líderes de la comunidad, para que actúen como informadores y promotores en su núcleo de influencia.

7.4.3 Se debe establecer concertación y coordinación con el sector educativo, especialmente del nivel medio y superior, para que el tema se trate en el ámbito de la educación formal.

7.4.4 Se debe invitar a las agrupaciones gremiales y centros laborales a organizar campañas intensivas de detección oportuna de cáncer de la mama entre su población femenina.

7.4.5 Se debe capacitar a promotores institucionales y voluntarios, de acuerdo con los lineamientos y contenidos de esta norma.

7.4.6 Se debe encauzar la participación activa de los médicos en las actividades relacionadas con campañas educativas para la detección temprana del cáncer mamario.

8. Diagnóstico

Examen clínico completo con énfasis en las glándulas mamarias y zonas linfoportadoras (ganglios axilares y supraclaviculares) conforme a lo establecido en el Apéndice normativo A.

8.1.3 Mastografía y/o ultrasonido, según la edad, hallazgos y detección de factores de riesgo, conforme al numeral 9.2.

8.1.2 Examen clínico completo con énfasis en las glándulas mamarias y zonas linfoport mso-fareast-font-family: "raclavicw Roman"; mso-fareast-language: ES-MX;">8.6.1
Con aguja fina,
8.6.2 Con aguja de corte,

8.2 En caso de sospecha de malignidad a la exploración clínica y/o estudio de imagen (mastografía), se envía al siguiente nivel de atención, en los casos necesarios.

8.3 Para establecer el diagnóstico, es necesario la correlación entre hallazgos clínicos, mastográficos e histopatológicos.

8.4 Diagnóstico histopatológico

8.4.1 El diagnóstico clínico del cáncer mamario requiere de la confirmación citohistopatológica mediante una biopsia; ésta debe ser efectuada exclusivamente por el médico especialista.

8.4.2 La selección de la técnica a utilizar depende de las facilidades y medios tecnológicos disponibles, así como de las indicaciones particulares.

8.5 Para efectuar cualquier técnica se requiere personal capacitado y competente.

8.6 Las técnicas de biopsia que deben ser usadas, son cualquiera de las siguientes:

8.6.1 Con aguja fina,

8.6.2 Con aguja de corte,

8.6.3 Escisional,

8.6.4 Incisional, o

8.6.5 Con marcaje.

8.7 Diagnóstico anatomopatológico

8.7.1 Una vez realizado el procedimiento quirúrgico radical o conservador, la información del laboratorio de patología debe incluir:

8.7.1.1 Fecha de diagnóstico.

8.7.1.2 Sitio primario del tumor.

8.7.1.3 Descripción macroscópica:

8.7.1.4 Tamaño de la lesión,

8.7.1.5 Nódulos examinados.

8.7.1.6 Límites (infiltrante o bien delimitado), y

8.7.1.7 Estado de los bordes quirúrgicos.

8.8 Descripción histopatológica:

8.8.1 Grado nuclear, índice mitótico, formación de túbulos,

8.8.2 Tipo histológico del tumor (ductal, lobulillar, otro; in situ o infiltrante),

8.8.3 Grado de diferenciación, y

8.8.4 Presencia o ausencia de invasión vascular y linfática.

8.9 Multicentricidad.

8.10 11. Tratamiento

11.1 Las decisiones terapéuticas de style="font-family: "Arial","sans-serif"; font-size: 12pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-MX;">8.11
Determinación de receptores hormonales en el tejido tumoral por inmunohistoquímica (estrógeno-progesterona).
11. Tratamiento

11.1 Las decisiones terapéuticas del cáncer de la mama se deben formular de acuerdo con las categorías del sistema de clasificación, condiciones generales de salud de la paciente, etapificación de la enfermedad, estado hormonal de la mujer, recursos humanos y materiales con que se cuente, considerando la voluntad y libre decisión de la paciente.

11.2 Consideraciones generales

11.2.1 Se debe contar con el consentimiento firmado de la paciente previa información completa, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del Expediente Clínico.

11.2.2 Los métodos terapéuticos que en la actualidad se emplean para tratar el cáncer mamario son:

11.2.2.1 Cirugía,

11.2.2.2 Radioterapia,

11.2.2.3 Quimioterapia, y

11.2.2.4 Hormonoterapia.

De ellos, la cirugía y la radioterapia tienen una acción local o locorregional; en la quimioterapia y la hormonoterapia su acción es sistémica.

11.2.3 Se debe tener el diagnóstico previo de cáncer documentado con la clasificación histopronóstica de Scarff-Blomm- Richardson, conforme a lo establecido en el Apéndice normativo E.

11.2.4 El tratamiento debe ser realizado por personal médico especializado, con experiencia en manejo oncológico.

11.5.2.3 Descripción patológica.


11.2.6 El manejo del cáncer mamario es multidisciplinario, por lo que se requiere la intervención de diversos especialistas.

11.2.7 Los procedimientos quirúrgicos iniciales requieren en ocasiones de la combinación de esquemas terapéuticos sistémicos y locorregionales de radioterapia.

11.3 Los diferentes tratamientos quirúrgicos son:

11.3.1 Conservador,

11.3.2 Radical curativo,

11.3.3 Radical paliativo, y

11.3.4 Reconstructivo.

11.4 Los diferentes tratamientos quirúrgicos requieren combinación de esquemas terapéuticos complementarios.

11.4.1 11.5 Lesiones no palpables

11.5.111.4.3
11.5.2 Procedimientos de manejo
11.2.5
Se debe contar con la infraestructura necesaria para brindar una atención integral a la paciente portadora de un cáncer mamario. La lesión no palpable es un hallazgo radiológico que muestra imagen sospechosa de malignidad que se aprecia en una mastografía de mujer asintomática, donde el examen físico intencionado de las glándulas mamarias es normal.
11.5.2 Procedimientos de manejo

11.5.2.1 Evaluación mamográfica. Biopsia del espécimen obtenido en quirófano bajo anestesia local o general con aguja localizadora.

11.5.2.2 Estudio radiográfico transoperatorio de la pieza quirúrgica que confirme que la lesión ha
sido extirpada.

11.5.2.3 Descripción patológica.

11.5.2.4 Estudio de mastografía de control que confirme la desaparición de la lesión.

11.5.3 Si hay manifestaciones residuales de la lesión (microcalcificaciones o imágenes positivas), se debe realizar una nueva intervención y evaluación para tomar la decisión sobre el tratamiento.

11.6 Carcinoma ductal in situ (Tis).

11.6.1 La decisión terapéutica se realiza con base en:

11.6.1.1 Tamaño tumoral,

11.6.1.2 Márgenes tumorales,

11.6.1.3 Subtipo histológico y grado de diferenciación celular, y

11.6.1.4 Patrón de calcificaciones.

11.6.2 Los procedimientos a emplear son:

11.6.2.1 Escisión local amplia,

11.6.2.2 Escisión local más radioterapia más hormonoterapia, y

11.6.2.3 Mastectomía total.

11.6.3 El carcinoma lobular in situ (Tis), es un factor de riesgo para desarrollar un carcinoma invasor; una vez establecido el diagnóstico por histopatología requiere sólo de una vigilancia clínica y radiológica rigurosa.

11.7 Tratamiento quirúrgico del cáncer mamario invasor en estadios I y II (excepto T3 NO MO), conforme al Apéndice normativo F.

11.7.1 La cirugía es el tratamiento inicial de elección y puede ser radical o conservadora.

11.7.1.1 El tratamiento radical es la mastectomía radical modificada.

11.7.1.2 El tratamiento conservador consiste en la escisión amplia con márgenes adecuados, disección axilar y radioterapia postoperatoria al tejido mamario.

El éxito de este tratamiento se basa en la selección óptima de las pacientes y en la participación multidisciplinaria.

11.7.2 Indicaciones para el tratamiento radical.

11.7.2.1 Preferencia de la enferma por ese método posterior a una información completa.

11.7.2.2 Multicentricidad clínica y o radiológica,

11.7.2.3 Tamaño tumoral mayor de 3 cm de diámetro,

11.7.2.4 Relación mama-tumor desfavorable,

11.7.2.5 Componente intraductal extenso mayor del 25%,

11.7.2.6 Enfermedad de Paget,

11.7.2.7 Cáncer mstyle="font-family: &qumero o segundo trimestrs-serif"; font-size: 12pt; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES-MX;">11.7.2.10
Enfermedades de la colágena.
11.7.3 Indicaciones para el tratamiento conservador.

11.7.2.10 Enfermedades de la colágena.

11.7.3 Indicaciones para el tratamiento conservador.

11.7.3.1 Tumor primario no mayor de 3 cm,

11.7.3.2 No haber multicentricidad clínica o radiológica,

11.7.3.3 No existir microcalcificaciones ni otros signos radiológicos,

11.7.3.4 Que el tumor no contenga un componente intraductal extenso mayor del 25%,

11.7.3.5 Que exista una relación mama-tumor favorable,

11.7.3.6 Que no coexista con enfermedades de la colágena,

11.7.3.7 Que no coexista con embarazo del primero y o segundo trimestre, o

11.7.3.8 Que se cuente con posibilidades de dar radioterapia postoperatoria eficaz.

11.7.4 Contraindicaciones relativas:

11.7.4.1 Tumor central, o

11.7.4.2 Enfermedad de Paget.

11.8 Las indicaciones de la radioterapia postoperatoria en estadios I y II se deben utilizar como complemento de cirugía conservadora.

11.8.1 Después de la mastectomía radical deben efectuarse los siguientes procedimientos:

11.8.1.1 Cuando el tumor primario está localizado en área retroareolar o cuadrantes mediales y la pieza quirúrgica mostró ganglios metastásicos axilares, se da:

Irradiación sobre la cadena linfática mamaria interna.

11.8.1.2 Si el tumor primario es mayor de 4 cm, se da:

Irradiación a hueco supraclavicular.

11.8.1.3 Si el tumor primario es de más de 4 cm, hay más de 4 ganglios axilares positivos, hay ruptura de cápsula de ganglio con invasión a grasa axilar, tiene invasión cutánea o de la fascia del pectoral, existe permeación tumoral de linfáticos dérmicos, los tumores son multicéntricos y el tumor está cercano al borde o lecho quirúrgico, se da:

Ciclo mamario completo

11.9 Tratamiento sistémico con quimio y/o hormonoterapia posterior a tratamiento quirúrgico en Estadios I y II.

11.9.1 Este tratamiento (adyuvante) se aplica a la paciente que fue tratada inicialmente con cirugía, y en la cual existe la posibilidad de recurrencia o recaída local o enfermedad metastásica a distancia (esto determinado por factores pronóstico).

11.9.2 La quimioterapia, en términos generales, se debe recomendar en las mujeres menores de 50 años.

11.9.3 En pacientes mayores de 50 años con una alta posibilidad de recurrencia, se recomienda el uso de quimio y hormonoterapia secuencial.

11.9.4 La hormonoterapia se debe recomendar cuando existen receptores hormonales positivos en el tumor independientemente de la edad.

11.10 Tratamiento del cáncer mamario en estadio III, conforme al Apéndice normativo G.

11.10.1 Se considera a esta entidad como una enfermedad neoplásica maligna locorregionalmente avanzada (mama y área de linfoportadores), y donde en los estudios clínicos y de extensión de gabinete no ha sido posible detectar enfermedad metastásica a distancia, y en la que las recurrencias locales o regionales y enfermedad metastásica a distancia es muy alta.

11.10.2 En el tratamiento de este estadio se debe utilizar la combinación de cirugía, radioterapia, quimioterapia y hormonoterapia; la secuencia de la administración de dichos tratamientos dependen de:

a) La etapificación de la enfermedad.

b) La respuesta que presente el tumor al tratamiento inicial.

c) Los recursos humanos y materiales.

11.10.3 En términos generales, el tratamiento de inicio es sistémico, seguido de un procedimiento locorregional (cirugía y radioterapia) para posteriormente consolidar con quimioterapia.

11.11 Tratamiento del cáncer mamario en estadio IV, conforme al Apéndice normativo H.

11.11.1 Se considera a estas pacientes portadoras de enfermedad diseminada.

11.11.2 La finalidad del tratamiento en este estadio es paliativa, y el objetivo es combatir los síntomas y proporcionar una calidad de vida aceptable.

11.11.3 La Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama se deriva SINAVE, que cumple con las disposiciones del CONAVE, y cuenta con el consenso de las instituciones que lo conforman.
17.211.11.3.2
Quimioterapia si el tumor no posee receptores hormonales, un gran volumen tumoral, hay enfermedad visceral y el crecimiento tumoral es rápido.
11.11.4 Cirugía paliativa sobre el tumor primario y/o las metástasis.

11.11.5 Radioterapia paliativa en metástasis óseas y en sistema nervioso central.
17. Vigilancia epidemiológica
17.1 La Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama se deriva SINAVE, que cumple con las disposiciones del CONAVE, y cuenta con el consenso de las instituciones que lo conforman.
17.2 Requieren ser objeto de estudio epidemiológico los casos reportados como probables y confirmados de cáncer de mama.
17.3 El estudio epidemiológico del cáncer de mama implica el llenado de formatos relacionados con las etapas de detección, diagnóstico, tratamiento, seguimiento clínico y evaluación. Las fuentes de información parten de los sistemas ordinarios y de los formatos específicos.
17.4 Son motivo de registro nominal los casos nuevos, probables y confirmados, independientemente de la etapa clínica.
17.5 La vigilancia epidemiológica de la morbilidad y mortalidad por cáncer de mama, se debe realizar conforme a la NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
APENDICE NORMATIVO C

SEGUIMIENTO

PROCEDIMIENTO
FRECUENCIA
INFORMACION A LA PACIENTE SOBRE SIGNOS Y SINTOMAS DE RECURRENCIA
AL TERMINO DEL TRATAMIENTO
EXAMEN FISICO
CADA 3 MESES EL 1er. Y 2o. AÑO
CADA 6 MESES EL 3o. Y 4o. AÑO
ANUAL A PARTIR DEL 5o. AÑO
AUTOEXAMEN MAMARIO
MENSUAL
MASTOGRAFIA
A LOS 6 MESES DESPUES DEL TRATAMIENTO QUIRURGICO Y/O ANUAL, SEGUN SEA EL CASO
TELE DE TORAX
ANUAL
ULTRASONIDO HEPATICO
ANUAL
GAMAGRAMA O SERIE OSEA
SOLO SI HAY SINTOMATOLOGIA
MARCADORES TUMORALES
OPCIONALES

 NOTA:

Extracto de la NORMA Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama





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